Hace ya muchos años en un sindicato de fábrica de galletas en la comuna de San Bernardo, la empresa instaló un torniquete para medir la continuidad y el tiempo con que las trabajadoras y trabajadores concurren al baño.
Pese a lo anormal de la situación, demoró algunas semanas el reclamo del sindicato y la exigencia posterior de modificar dicho sistema de control, a todas luces atentatorio contra los trabajadores, también demoró en hacerse efectiva.
O sea, los operarios pese a tener la razón en sus reclamos, no tuvieron ni en la organización ni en la autoridad toda la voluntad de reclamar y resolver de inmediato en algo que atenta contra la dignidad de la persona.
Conclusión, el sindicato debe reclamar de inmediato y cada vez que se produce una anomalía que puede perjudicar a los trabajadores, el reclamo se hace ante la autoridad y hay que estar consultando permanentemente para que no se dilate la respuesta y se pueda conseguir un resultado. Si este último no da a los trabajadores toda la tranquilidad que requieren deben consultar con los abogados de su organización.
2.- Quisimos profundizar y actualizar la información de que disponíamos y esto nos respondieron nuestros asesores.
«Legalmente no existe regulación de cuantos minutos puede el trabajador ir al baño, por lo que no se puede cuestionar el tiempo que se toma, si se estuviera haciendo, se estarían vulnerando derechos. Sin embargo, se podría presentar una denuncia cuando estos reclamos son reiterados y el tiempo que se toma no es excesivo (considerando que son menos de 10 minutos)».
Reiteramos algo en lo que hemos insistido en estos días, Aunque mermados y poco conocidos, los trabajadores tienen derechos y deben reclamar para que se les respeten.
El mejor camino para esto es la organización.