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Trabajadores y trabajadoras podrán hacer reserva de derechos en finiquitos sin necesidad de consentimiento del empleador

Trabajadores y trabajadoras que hayan terminado su relación laboral podrán de ahora en adelante estampar en el documento de finiquito su reserva de derechos de hacer reclamos judiciales posteriores sobre materias con las que estén en desacuerdo sin necesitar para ello del consentimiento de su empleador o empleadora.

Así lo establece el Dictamen N° 1315/26 firmado por el director del Trabajo, Pablo Zenteno. Con ello, la legislación impide que acuciados por su nueva situación de incertidumbre laboral y económica, trabajadores y trabajadoras firmen el finiquito para recibir dinero inmediato renunciando para siempre a otros estipendios adeudados o derechos pendientes.

Los finiquitos son documentos que pueden ser suscritos en notarías o en la Dirección del Trabajo, en este último organismo tanto en sus inspecciones como electrónicamente en su sitio web www.direcciondeltrabajo.cl

La reserva de derechos, en tanto, es el acto por el cual el trabajador o la trabajadora deja estampada su decisión de reclamar posteriormente en tribunales materias con las que está en desacuerdo, aunque igualmente firme el finiquito por estar de acuerdo con el resto de los conceptos y montos estipulados en el documento.

El pronunciamiento de la DT sostiene que “la reserva de derechos ha sido conceptualizada por los tribunales de justicia como “un acto jurídico unilateral no recepticio, que la legislación ha reconocido tácitamente como un derecho irrenunciable del trabajador y que lo habilita para interponer las acciones legales para reclamar por la vía judicial del derecho reservado”.