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Seremi del Trabajo entregó información relevante para tener en cuenta en dias de elecciones

Estamos a muy pocos días de vivir como país un nuevo
proceso eleccionario que, en esta ocasión, se desarrollará durante dos días -este sábado 26 y
domingo 27 de octubre- ante lo cual, desde la cartera del Trabajo, existen varias disposiciones que
la ciudadanía debe tener presente para estas importantes jornadas.
Al respecto, la Seremi del Trabajo y Previsión Social de Magallanes, Doris Sandoval Miranda,
entregó información importante acerca del Feriado Irrenunciable decretado para las y los
trabajadores del Comercio; así como de los permisos laborales a los que tienen derecho quienes
sufraguen; como aquellas personas que trabajen esos días y que hayan sido designados como
vocales de mesa.
Con respecto al primer punto, “cabe recordar que el único día que rige como feriado obligatorio e
irrenunciable para quienes laboren en el rubro del comercio es el domingo 27 de octubre, en cuyo
caso, como es habitual, los malls, strip center y otros centros comerciales que estén administrados
por una misma razón social deberán estar cerrados durante esa jornada y, eventualmente,
también el día 24 de noviembre establecido para la segunda vuelta”.
Las personas de estos centros comerciales mencionados tienen derecho a este día de descanso
obligatorio a partir de las 21:00 horas del sábado 26 y hasta las 6:00 horas del lunes 28 del
presente mes. Como siempre, están exceptuados de la norma quienes laboran en supermercados
y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. Asimismo, pueden trabajar
las y los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellos con turnos fijados por
la autoridad sanitaria.
Permisos laborales
“También es importante recalcar que a aquellas trabajadoras y trabajadores que deban prestar
servicios durante los días de elección, la ley les entrega el derecho a ausentarse de sus funciones
por un lapso de tres horas para ejercer su derecho a voto, o bien, a excusarse, sin que esto derive
en algún tipo de descuento en su remuneración. Recordar que este permiso es de carácter único,
es decir, sólo se puede utilizar en uno de los dos días de elecciones, no en ambos”, subrayó la
autoridad.
Las y los trabajadores que deban laborar uno de los dos días de sufragio, pueden decidir, de
manera autónoma a su empleador, la jornada en la que harán uso de su derecho cívico.

Asimismo, para aquellos trabajadores que no tengan descanso durante uno o los dos días de
elecciones y hayan sido designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o
como delegados de la Junta Electoral, la ley ordena que las y los empleadores tienen la obligación
de conceder los permisos que son necesarios para poder ejercer este deber cívico, sin descuentos
remuneracionales.
Sobre la labor fiscalizadora mandatada para estas jornadas, la Seremi señaló que “la Dirección del
Trabajo estará fiscalizando durante el domingo 27 de octubre las denuncias que se reciban
durante ese día y también aquellas recibidas durante el sábado 26, ya sea por no otorgamiento del
feriado irrenunciable para el comercio; también por no acceder al permiso laboral para vocales de
mesa y por no otorgar el permiso laboral de tres horas para sufragar, para los cuales, las multas
van desde las 30 a las 150 UTM, dependiendo de la infracción y el tamaño de la empresa”.
Según información de la Dirección del Trabajo, las denuncias serán recibidas a través del canal de
Atención Telefónica 600 450 4000 entre las 9:00 y las 15:00 horas del domingo 27 de octubre y en
el sitio web www.dt.gob.cl.