1.- ¿Cuál será el monto del próximo ingreso mínimo por el que ya se iniciaron conversaciones?
Por ahora debemos tener claro que los últimos 2 ingresos mínimos fijados, implicaron un aumento de $25.000 en el periodo 1/1/2018 al 1/3/2019 y de $19.000 para el periodo 1/3/2019 y hasta el 1/3/2020.
O sea, los últimos 2 ingresos mínimos aumentaron en promedio $22.000 cada año.
En la actualidad y desde el 1/3/2020 el monto del ingreso mínimo es de $320.500 y lo reciben aquellos que trabajan la jornada completa de 45 horas semanales y tienen entre 18 y 65 años de edad.
2.- Desde el mes de mayo de 2020, se encuentra vigente la ley 21.218 que crea un subsidio mensual de cargo fiscal, para todos los trabajadores que tengan contrato de jornada completa y que perciban una remuneración mensual bruta inferior a $384.363.
Más allá de la serie de requisitos y normas implicadas en la ley para acceder al subsidio, en términos simples se trata de que el Estado pagará a cada trabajador que cumpla los requisitos, la diferencia entre $320.500(que es el ingreso mínimo vigente) y los $384.363 ya indicados, subvencionando a los patrones que así ven como mejoran en algo los sueldos de sus trabajadores, sin poner ni uno.
3.- ¿Entonces, a cuánto puede llegar el monto del próximo ingreso mínimo?
Si solo utilizáramos para el cálculo los valores aquí indicados, el próximo ingreso mínimo debiera aumentar al menos en $22.000, llegando a $ 342.500 y debiera regir por al menos un año.
Si así ocurriera, la subvención fiscal disminuirá en la misma proporción que aumente el ingreso mínimo, ya que esta se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2023 según establece la ley 21218.
Hasta entonces – diciembre de 2023 – es poco probable que el monto del ingreso mínimo alcance o supere los $ 384.363 brutos.
4.- Cualquiera sea el monto definitivo, incluso si superara los montos aquí expuestos, queda claro que el próximo ingreso mínimo mantendrá a cientos de miles de trabajadores en niveles de sobrevivencia.
Lo que resulta más dramático, es que serán muchos los que trabajen jornadas inferiores a la establecida en la ley, con sueldos inferiores al ingreso mínimo legal y sin posibilidad de subsidio fiscal, por no encontraste afectos a una jornada completa.
5.- ¿Queda claro por qué es urgente organizarse y luchar?