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PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE

1.- No gustó, al menos a uno de nuestros lectores habituales, lo escrito respecto de la parada militar. Y aunque defendemos el derecho de todos a no estar de acuerdo con lo que planteamos en el pulso, nos vemos obligados a responderle por esta vía para ratificar nuestros conceptos, por que creemos en ellos.

Nuestro lector dice que una cosa son los mandos que antecedieron a Pinochet y otra distinta sus sucesores.

Y tiene razón, pero solo en que unos están antes y otros después de Pinochet.

Antes represion y muerte. Hoy coimas, corrupción, abusos, también represión y también muerte.

Tampoco convencen a nuestro lector el trato dado a carabineros, por lo que es necesario saber si vive en Chile y está al día con las noticias. De otra manera no se explica su defensa a lo indefendible. Lo que ha hecho carabineros es brutal, sanguinario, dramático.

Para terminar, nuestro lector nos acusa de radicalizar nuestro discurso y sostiene que una cosa es educar y la otra concientizar.

Yo quiero decirle que nuestro discurso es radical, de clase, sin ambiguedad, claro y directo y no cambiará, muy por el contrario, se sostiene y profundiza.

Nosotros educamos y concientizamos, por qué solo trabajadores concientes harán los cambios que la sociedad demanda en forma urgente.  Vale la pena compartir con él un par de definiciones:

EDUCAR: Proporcionar conocimientos o habilidades a una persona para darle una determinada formación.

CONCIENTIZAR: Hacer adquirir conciencia o conocimiento de algo, especialmente sobre asuntos sociales o políticos.

Sin duda, queda claro que hablamos de 2 conceptos que se complementan y no son para nada contradictorios, lo que nos lleva a   concluir que nuestro lector está equivocado y tenemos la obligación de decírselo.

2.- Con la misma fraternidad con que respondemos una crítica, aprovechamos de complementar una información entregada en el Pulso de ayer, pues así ha sido solicitado.

En efecto, si el trabajador es despedido antes de hacer uso de sus vacaciones, estás le deben ser liquidadas en el finiquito respectivo.

En este caso, el cálculo para el pago corresponde  a 1.25 días por cada mes trabajado. De la misma manera, el trabajador no tiene ninguna obligación de suspender o dar por terminadas sus vacaciones ante la solicitud de su empleador.

Las vacaciones son un derecho irrenunciable, y el trabajador debe acostumbrarse a tenerlo claro.