Los dirigentes son los encargados de conducir la organización sindical y hacer cumplir los acuerdos tomados en asambleas, trabajar de conjunto con las distintas comisiones de trabajo u otros órganos de funcionamiento interno del sindicato. Deben conocer los estatutos, tener claros sus deberes y derechos, así como los de los socios y mantener permanente comunicación entre ellos, apoyándose mutuamente. Están obligados a hacer bien su trabajo sindical, promoviendo e incentivando permanentemente la participación y estar lo más informados posible de lo que son las inquietudes de los socios.Transmitir constantemente la información que reciban de los organismos superiores en que participan, partiendo del entendido que dicha participación se hace en forma activa.Deben, también, recopilar y dar a conocer aquella información relevante que aparezca en la prensa y que involucre a los trabajadores, conversar sobre ellas y sacar conclusiones que se entregan a los trabajadores. Es recomendable habilitar un cuaderno de novedades, en donde vayan dejando escritas las gestiones realizadas y los comentarios que consideren necesarios.En lo posible ha de evitarse concurrir a las reuniones con la empresa, u otro tipo de encuentros a los que se invite a la organización, en forma individual o solo con parte del directorio, salvo que lo hayan resuelto con anticipación, pero nunca en temas como la negociación colectiva.
Cómo directorio debieran reunirse las veces que sea necesario, para evaluar las actividades realizadas o por realizar. Las evaluaciones deben ser objetivas y constructivas, evitando el ataque individual o la descalificación entre ellos. La relación con la asamblea debe ser amplia, abierta, de permanente comunicación. Es recomendable dar cuenta como directorio de las gestiones, hay que evitar hablar en primera persona y menos minimizar la gestión de otros miembros del directorio. Si tienen problemas entre ellos, deben tratar de solucionarlos antes de llevarlos a la asamblea, salvo que esté en riesgo la imagen e integridad del sindicato. En cualquier caso y si la situación es insostenible, los trabajadores tienen la facultad de censurar al directorio. Para esto a lo menos el 20% del total de socios debe solicitar por escrito y con sus firmas a la Inspección del Trabajo un ministro de fe para que supervise la votación de censura.