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No destruyas porque si no quiero borrar cada momento..» cantan Los Prisioneros

 llamo un trabajador muy preocupado preguntando si el cambio de uniforme es parte de la jornada de trabajo.
En muchos Reglamentos Internos de las empresas, se obliga al trabajador a llegar con una anticipación horaria que va de 10 minutos y hasta 20 minutos, para que pueda cambiar su ropa de calle por el uniforme.
Esta exigencia no corresponde. Es más, es absolutamente ilegal.
En efecto, el dictamen Nº 5097/191 de fecha 9 de diciembre del 2004 establece que el tiempo ocupado, tanto al ingreso como a la salida de las labores diarias para el cambio de uniforme, debe ser considerado parte de la jornada diaria.
Si el empleador insiste en obviar esta disposición, hay que reclamar en la Inspección para que se fiscalice la empresa y se ordene el pago de horas extras, si correspondiere.

2.- Asimismo y si existe de parte de la empresa la exigencia de que debe calzarse algún tipo especial de zapatos o zapatillas, ésto debe ser de cargo de la empresa.
Por último es bueno siempre tener presente que el uniforme debe ser entregado por la empresa y que el trabajador no debe pagar por él (salvo manifiesto mal uso del mismo).