La Dirección regional del Trabajo fiscalizará que se respete el
derecho a sufragio de las y los trabajadores que deban laborar este domingo 7 de mayo, día de
elección obligatoria de consejeros y consejeras constituyentes.
Además, el organismo fiscalizador también velará por el cumplimiento del feriado irrenunciable
del comercio en el caso de los malls y strip center que son administrados bajo una misma razón
social o personalidad jurídica.
“La Dirección del Trabajo va a recibir las denuncias que nuestros usuarios estimen convenientes en
el sitio web de la institución, www.dt.gob.cl. Todos los trabajadores y trabajadoras que deben
laborar este domingo 7 de mayo tienen derecho por ley a un permiso de al menos 2 horas para ir
a sufragar, tiempo que puede ampliarse de común acuerdo, de forma tal que los empleadores den
el tiempo suficiente sobre todo para distancias o desplazamientos que sean más extensos”,
explicó el director regional del Trabajo, Carlo Gorziglia.
Por otra parte, la norma legal vigente para esta jornada plebiscitaria, tal como se ha aplicado en
actos electorales anteriores, contempla el feriado obligatorio para los las y los trabajadores que
operen en malls strip centers u otros centros comerciales con varios locales administrados bajo
una misma razón social o personalidad jurídica, quedando exceptuados en esta ocasión los
supermercados y comercios ajenos a los complejos comerciales con administración única.
También pueden trabajar los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellas
con turnos fijados por la autoridad sanitaria.
“Esta normativa está, justamente, pensada para que los y las trabajadoras que deban cumplir
turnos laborales ese día, también puedan efectuar su deber cívico y concurrir a las urnas,
entendiendo, además, que se trata de elecciones de carácter obligatorio. Por lo mismo, en caso de
cualquier infracción, tanto en lo que respecta al permiso de 2 horas como al feriado irrenunciable
que aplica a una parte del comercio, la Dirección del Trabajo estará atenta a las denuncias para lo
cual hay un canal telefónico que es el 600 450 4000, además del sitio web mencionado por el
director”, señaló la Seremi del Trabajo, Doris Sandoval.
Las autoridades recordaron que, al tratarse de una votación obligatoria, se arriesgan multas fijadas
por el sistema electoral para quien no vaya a sufragar, por lo cual recomendaron a los
empleadores organizar sus turnos de trabajo a fin de facilitar el derecho a voto y no tener
inconvenientes.
En el caso de quienes vulneren el permiso de dos horas, las sanciones van de entre 3 a 60
Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por infracción. Vale decir, entre los $189.222 y los
$3.784.440 dependiendo del tamaño de la empresa. Mismas multas se aplican para aquellos que
no otorguen permiso laboral a personas designadas como vocales de mesa.
En lo que respecta al feriado irrenunciable, este comenzará a más tardar a las 21:00 horas del
sábado 6 de mayo de 2023 y terminará a las 6:00 horas del lunes 8 de mayo. Y las multas en caso
de infracción son las mismas para los dos casos anteriores.