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DIPUTADO BIANCHI SE REFIRIÓ A LA APROBACIÓN EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL RETIRO DEL 10% DE LOS FONDOS PREVISIONALES

Con 95 votos a favor 25 en contra y 31 abstenciones, se aprobó en general la reforma constitucional que permite el retiro de fondos previsionales durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe. El proyecto pasa a la Comisión de Constitución para su discusión en particular.

El diputado independiente valoró a quienes por sobre las presiones políticas pudieron votar a conciencia, entendiendo que “todas las medidas que hoy ha anunciado el Gobierno han sido insuficientes o no han llegado a las familias que más lo necesitan”.

“Estamos muy contentos y esperamos que en los próximos trámites legislativos el Senado lo apruebe. Esto es un alivio para las familias de clase media que podrán contar con este aporte directo y universal”, aseguró.

La reforma autoriza a los afiliados del sistema privado de pensiones al retiro de fondos. La redacción del proyecto abre la puerta para que también se beneficien los jubilados que están regulados por el Decreto Ley 3.500, excluiría a quienes tengan pensión vitalicia porque no disponen de su fondo de capitalización, pero teniendo en cuenta que la redacción se puede mejorar.

Los montos de retiro voluntarios máximos son dos: Retiro de hasta el 10% de los fondos acumulados en la cuenta de capitalización individual o un límite máximo de 150 UF, equivalente a $4.300.000 pesos aproximadamente. 

La norma establece un mínimo que opera de la siguiente forma: Se establece un mínimo de retiro voluntario de 35 UF, equivalente a $1.000.000 de pesos aproximadamente.

En el evento de que el 10% de los fondos acumulados sean inferiores a estas 35 UF, el afiliado podrá retirar hasta dicho monto. Por ejemplo, una cuenta de capitalización con 9 millones de pesos, en la cual el 10% de retiro no alcanza al mínimo de un 1 millón, la ley faculta al cotizante a retirar $1.000.000 de pesos (35UF) de manera excepcional.

En el caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a las 35UF, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta. Por ejemplo, si el afiliado tiene 900.000 pesos en su cuenta, puede retirar todo.

El mecanismo de pago será el siguiente: El 50% del monto solicitado deberá pagarse en un plazo de 10 días hábiles y el 50% restante deberá pagarse dentro de los 30 días hábiles siguientes a contar del pago anterior.

Además, se crea un Fondo Colectivo Solidario de Pensiones que se financiará con aportes de los empleadores y del Estado, cuyo objetivo será financiar, bajo criterio de progresividad, complementos a las pensiones. 

La administración del Fondo Colectivo Solidario de Pensiones será realizada por una entidad pública y autónoma de forma directa y solidaria, procediendo al momento de la jubilación del afiliado a complementar su pensión.

La entidad pública y autónoma que administre el Fondo Colectivo Solidario de Pensiones debe velar porque las inversiones que se hagan con cargo a esos recursos sean realizadas promoviendo la sostenibilidad económica, social y medioambiental del Estado.

“Esperamos que se tramite con la máxima celeridad posible y ojalá los parlamentarios no cedan ante la presión del Gobierno y se entregue este beneficio directamente a los trabajadores de nuestro país”, manifestó el diputado magallánico.