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AMPLIAN EN 2 AÑOS EL PLAZO PARA INSCRIBIR DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS

Este jueves 13 se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.586 que modifica el Código de
Aguas ampliando el plazo de inscripción de los derechos de aguas hasta el 6 de abril de
2025 e introduciendo un procedimiento administrativo que permita perfeccionar los
títulos de los derechos en la misma Dirección General de Aguas del MOP.
El SEREMI de Obras Públicas, José Luis Hernández, manifestó que el cambio del plazo
original, del 6 de octubre del 2023 al 6 de abril de 2025, es una oportunidad más para que
todos los titulares de derecho se ocupen de hacer las gestiones a fin de tener sus derechos
en regla. “Es una excelente noticia, especialmente para el mundo rural, ya que permitirá
que usuarios y sobre todo los agricultores más pequeños, tengan tiempo suficiente para
reunir antecedentes y tener sus derechos de agua en regla”, comentó.
A su vez, el director general de Aguas, Rodrigo Sanhueza, llamó a realizar con tiempo la
inscripción del derecho de aprovechamiento de aguas en el Conservador de Bienes Raíces
y registrarlo en el Catastro Público de Aguas, ya que es una responsabilidad individual.
“Para inscribir el derecho en el Conservador de Bienes Raíces, el titular debe tener la
Resolución de la DGA, del Servicio Agrícola Ganadero o la sentencia judicial que autorizó el
derecho de aprovechamiento de aguas. Ahora bien, si no tiene la Resolución, debe
dirigirse a la oficina regional de la DGA y pedir una copia autentificada de la Resolución
que autorizó el derecho de aprovechamiento de aguas. Con la Resolución emitida por la
DGA, el titular debe ir a una notaría para reducir a escritura pública la Resolución DGA, y
con ese documento ir al Conservador de Bienes Raíces de la comuna donde se autorizó el
derecho de aprovechamiento de aguas y solicitar la inscripción. Luego podrá registrar el
derecho en el Catastro Público de Aguas de la DGA”.
Producto entonces de la ampliación del plazo, la caducidad de los derechos de
aprovechamiento de aguas no inscritos en el Conservador de Bienes Raíces, se aplicará a
partir del 6 de abril de 2025.