Por unanimidad, con 41 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, la sala del Senado aprobó en general el proyecto de Ley de Migraciones, que busca reemplazar la actual Ley de Extranjería que data de 1975. La iniciativa pasará ahora a la discusión en particular.
La regulación migratoria en Chile data de 1975 y en la actualidad no recoge los principios, la institucionalidad, ni la flexibilidad, necesarias para resguardar debidamente los intereses del país ni los derechos de los migrantes. Además, registra un déficit estructural en la institucionalidad que se ve reflejado en que Extranjería es un departamento de bajo nivel jerárquico.
Consciente de lo anterior, el Presidente Sebastián Piñera ingresó a trámite al Congreso Nacional un conjunto de indicaciones al proyecto de ley que había sido presentado en 2013, para su actualización.
Entre los principios y objetivos del proyecto figuran: Promover una migración segura, ordenada y regulada. Respeto y garantía de los derechos fundamentales de los migrantes y la mitigación de los riesgos asociados con el movimiento de personas, para así reducir la migración irregular y reprimir las actividades transfronterizas ilícitas. Consejo de Política Migratoria: Su tarea será formular y actualizar de forma periódica una política migratoria clara para nuestro país. Servicio Nacional de Migraciones, que será el canal estatal para relacionarse con los migrantes y difundir y promover sus derechos y obligaciones.
El gobernador provincial de Magallanes, Homero Villegas Núñez, explica que “el Ministerio del Interior y Seguridad Pública: será la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en la formulación, implementación y supervisión de políticas, planes y programas en materia de migración, con especial énfasis en la protección de los derechos de los extranjeros. Esta nueva ley de migraciones viene a poner orden en nuestra casa”.
En cuanto al Sistema de visas, aparte de las de turismo o Permanencia Transitoria, que autoriza al extranjero a permanecer en Chile por un período de 90 días con prohibición de realizar actividades remuneradas, se construye un catálogo flexible de categorías migratorias que reflejan el grado de arraigo que el extranjero va desarrollando en el país. Así, el proyecto de ley contempla en primer lugar el otorgamiento de una Residencia Temporal para los migrantes que busquen radicarse en Chile por un tiempo limitado (de 24 a 48 meses).
El Gobernador agrega que “La novedad la constituye la Residencia Temporal que, no podrá solicitarse dentro de Chile, con la sola excepción de quienes acrediten tener vínculos de familia con chilenos o con residentes definitivos, aquellos cuya estadía sea concordante con los objetivos de la Política Nacional de Migración y Extranjería, y en otros casos debidamente calificados por la Subsecretaría del Interior. Esto permite un adecuado control y regularidad de la migración”.