LO QUE HAY QUE HACER EN CASO DE DESPIDO
PRIMERA PARTE
Continuando con la idea de exponer aquello que dentro de poco será material impreso para el manejo de miles trabajadores, hoy y mañana hablaremos sobre el qué hacer en caso de despidos.
1.- Se debe tener siempre claro que el patrón no necesita de causales para despedir, el despide porque tiene el poder y es el trabajador quien debe actuar para que le paguen indemnización y, si es necesario, se determine que fue mal despedido y se recargue el pago de indemnización. Hay que tener claro también que la ley no da derecho a reincorporación por un despido mal aplicado.
2.- Cada vez que se produce un despido el trabajador, si no está de acuerdo con la causal de despido o los montos del finiquito, tiene derecho a poner un reclamo en la Inspección del trabajo. Si no hay reclamo no hay posibilidad de demanda. En el reclamo debe dejar establecido todo aquello que reclama de pago a su empleador (remuneraciones y otros)
3.- Puesto el reclamo será citado a un comparendo. Si el monto a cobrar es hasta 10 ingresos mínimos, puede contratar un abogado o pedir que la inspección le indique un abogado del servicio de asistencia judicial. Si el monto a demandar supera los 10 ingresos mínimos debe hacerlo con abogado.