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De ti depende de ti depende que el presidente sea Allende Allende que te comprende que te defiende..» canta Humberto Lozan

ALGUNOS ALCANCES SOBRE LA JORNADA DE 40 HORAS PARTE 3

5.- Dice el dictamen de la Dirección del Trabajo N° 81, del 1 de febrero de 2024, que la disminución de una hora de la jornada semanal a contar del 26 de abril de 2024, deberá efectuarse de común acuerdo entre las partes o a través de las organizaciones sindicales en representación de sus afiliados y dicha rebaja deberá constar por escrito.

Esto implica que la empresa presente a todos los trabajadores, sindicalizados y no sindicalizados, un anexo de contrato con la disminución de la jornada en una hora o más, según lo determine la empresa.
En el caso de los socios del sindicato en la empresa, dicho acuerdo debe hacerse entre la empresa y el sindicato.
Si no hubiera acuerdo entre la empresa con los trabajadores no sindicalizados así como con el sindicato, el empleador deberá efectuar la adecuación de la jornada reduciendo los 60 minutos en forma proporcional entre los distintos días de trabajo. Por ejemplo 10 minutos por día si son 6 días de trabajo, o bien 15 minutos por día por 4 días, 12 minutos por día si trabaja jornada de 5 días.

Como se trata de un anexo deben tener claro los trabajadores que para que este anexo sea válido debe contar con su firma.