La ley 21.561 fue publicada en el Diario Oficial el 26 de abril de 2023 y desde ahí se dan los plazos para que comiencen a regir nuevas normas, la principal de ellas la rebaja de la jornada de trabajo a 40 horas, lo que se concretará definitivamente en abril de 2028 y que queda establecido en el artículo 22 del Código del Trabajo.
Ahora bien también es interesante la modificación del inciso segundo del artículo 22 (los excluidos de la jornada), ya que se reducen las responsabilidades o cargos de quienes serán excluidos, aunque será en definitiva la Inspección quien resuelva, a consulta de partes en caso de controversia.
2.- Nosotros como trabajadores, no podemos perder de vista en caso alguno nuestras reivindicaciones históricas.
Y es que esta ley, siendo un paso adelante en cuanto a rebaja de jornada, fue concebida en la idea de dar más facilidades a la flexibilidad horaria y deja nuevamente en manos de los patrones, la instalación de normas que les benefician a ellos. Decimos responsablemente que esta rebaja de jornada no servirá para que el trabajador tenga más horas para el descanso y pueda mejorar su vida junto a la familia, salvo que tenga la capacidad de negociar con el empleador una rebaja de horarios sin flexibilidad.
Y este será nuestro más grande desafío.
Continua…