En este sentido, la directora regional de SAG Magallanes, Paula Quiero León, explicó que el reglamento del programa (DS 51/2011 y sus modificaciones) define como labores anticipadas, aquellas que fueron realizadas, y ejecutadas en su totalidad, con anterioridad a la fecha de postulación del Plan de Manejo respectivo, y desde una fecha definida por la dirección regional y establecida en las bases del concurso.
Es importante señalar que la postulación de este tipo de labores no obliga a adjudicar el financiamiento solicitado, ya que esto quedará sujeto al proceso normal de selección, es decir, se verificará la presentación de los documentos requeridos y la información contenida en estos, y se procederá al cálculo del puntaje y ubicación en lista de selección, según el procedimiento establecido en la normativa, precisó Quiero.
Por su parte, la encargada regional (s) de la unidad de protección de los recursos naturales renovables de SAG, Ana Luisa Tapia Toro, aclaró que “será necesario que el productor o productora guarde los respaldos de los insumos adquiridos y los servicios contratados para la ejecución de la labor, ya que estos serán solicitados por el Servicio en forma previa al pago del incentivo asignado, en el caso que la postulación resultase seleccionada”.
Así mismo, reiteró la importancia de contactar a un operador u operadora del Registro SIRSDS para recibir la asesoría adecuada para la postulación de este tipo de labores, y la relevancia de efectuar la comunicación previa al Servicio, para lo cual se podrá solicitar el formulario tipo que facilitará este trámite en cualquier oficina del Servicio.
Finalmente, se recuerda los requisitos que deben cumplirse para que una labor anticipada sea válida:
1. Haber sido comunicada a la dirección regional del SAG por escrito y en forma previa a su inicio.
2. El aviso debe contener la descripción de la práctica, la fecha en que se ejecutará (inicio y término), el nombre del potrero donde se realizará, la cantidad según el tipo de labor (por ejemplo, número de bebederos o superficie de siembra) y las coordenadas geográficas de su ubicación (artículo 23 del DS 51/20211).
3. Estar contenidas en el objetivo del concurso al que postula, y
4. Cumplir con el plazo definido para este efecto en las bases del concurso correspondiente.
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