Una participativa charla en torno a la figura legal de «Repudiación de paternidad» realizó este
jueves la abogada ejecutora del Convenio Corporación de Asistencia Judicial (CAJ)-Municipalidad
de Porvenir, Loreto Aguayo Retamales. En esta oportunidad, los terceros y cuartos medios del
Liceo Bicentenario «Hernando de Magallanes» fueron los llamados a interiorizarse de aquella
particular materia consagrada en el Artículo 191 del Código Civil.
La actividad se enmarcó dentro del convenio que la CAJ Magallanes mantiene con la Ilustre
Municipalidad de Porvenir, uno de los de más larga data de mantención en la región, y la charla se
organizó en conjunto con la Oficina Local de la Niñez (OLN). Este esfuerzo respondió en materia de
resolver dudas e inquietudes ante una situación de gran relevancia entre las necesidades usuarias,
que es eliminar del certificado de nacimiento a quien figura como progenitor (a) que reconoció a
su hija o hijo, dejando legalmente de figurar como “padre”; y por este solo acto asignar de manera
registral a otra persona a quien el o la joven sí reconozca dicha calidad o que se comporte en la
práctica como tal.
La charla se enfocó en los niveles superiores del estudiantado, toda vez que la aludida figura
queda legalmente habilitada para ser ejercida a los 18 años, no antes; y a los 19 años se pierden
las atribuciones nuevamente para ejercerla. De ahí la importancia de informar en este segmento
etario para no perder la posibilidad de ejercer la figura en tantos casos en que la figura paterna ha
sido ejercida por un tercero, a quien se le quiere dar ese reconocimiento legal.
Alejandro Donatti Otárola, Director Regional de la CAJ, señaló que les parece relevante el tema de
la “Repudiación de paternidad”, toda vez que es un tema que influye en la vida de las personas
jóvenes: “jóvenes que, ad portas de ser adultos, han visto toda su vida como un reconocimiento de
paternidad o de maternidad incluso de personas que, en la práctica, no se hicieron cargo de ellos”.
De ahí la importancia de instruir a aquellos jóvenes vinculados a un padre o una madre que no se
ha hecho cargo de ellos, para que “efectivamente conozcan de esta acción tan importante como es
la repudiación a objeto de, si lo estiman pertinente, poder repudiar y, dentro de ese plazo tan breve
que da la ley (de los 18 a los 19 años), realizar este acto y poder tener la posibilidad de tener un
padre o una madre que se ha hecho cargo de ellos realmente con cariño y con amor”.
Por otro lado, destacó el poder implementar la oferta publica institucional en las comunas sin
presencia territorial permanente de la CAJ, la cual es altamente valorada por la institución, al ser
las comunas y sus administraciones la forma más reconocida por la ciudadanía para su
representación político-administrativa y, como tal, la CAJ valora las colaboraciones que puede
desarrollar con los municipios para recoger las demandas usuarias a través de sus
administraciones.
“Estar presentes en las comunas rurales es un valor agregado, no sólo desde el acceso a la justicia
que la CAJ mantiene como misión, sino también desde la equidad territorial con respecto de los
espacios urbanos en la que debemos avanzar”, afirmó, por lo que esperan poder replicar esta
acción en otros establecimientos educacionales de la Región de Magallanes.