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CORTE DE APELACIONES DECLARA ADMISIBLE, RECURSO DE PROTECCIÓN DE AGRUPACIONES DE VIVIENDA

El día lunes 16 de enero, 11 agrupaciones de vivienda presentaron un recurso de protección en contra del Gobernador Regional y 8 Consejeros que aprobaron un reglamento que agrega nuevos requisitos, a juicio de las agrupaciones: discriminatorios y arbitrarios, a través de una Reglamento complementario al Convenio MINVU-GORE 2021-2027, que apunta a construir y dar soluciones habitacionales a viviendas, hasta el año 2027.

La Corte a Apelaciones este viernes 20 de enero recién pasado, procedió a dar trámite y declaró admisible el Recurso de Protección, lo cual establece que el Recurso de Protección presentado cumplió los requisitos formales para su tramitación. Esto permitirá ahora, que los jueces de la Corte de Apelaciones analicen el fondo, acogiendo la solicitud de agrupaciones de vivienda de exigir al Consejo Regional, al Ministerio de Vivienda y Urbanismo y al SERVIU, evacuar informes a la Corte, explicando no solo el reglamento y el actuar de los mismos.

Dicho Reglamento presentado por el Gobernador Jorge Flies, y que fuera elaborado en conjunto con el MINVU durante el año 2022, fue aprobado el pasado lunes 9 de enero, por los consejeros: Miguel Sierpe, Antonio Bradasic, Pablo Cifuentes, Antonio Ríspoli de Punta Arenas, Patricio Gamin y Ximena Montaña de Puerto Natales, Andres Lopez y Rodolfo Cárdenas de Tierra del Fuego, antes de las vacaciones autoimpuestas por los Consejeros los meses: de enero y febrero.

Las agrupaciones alegan que el nuevo Reglamento les impone nuevos requisitos que la gran mayoría de sus socios no podrán cumplir y que además, no están contemplados en la Ley o el Decreto Supremo 49 que regula las postulaciones a viviendas sociales, señalando en el recurso que: “La aprobación del Reglamento del Convenio de Programación 2021-2027 “Atención Territorial Integrada de Magallanes” del Gobierno Regional de Magallanes se configura como un acto arbitrario al disponer requisitos distintos y más gravosos para los magallánicos que para el resto de los chilenos a quienes sólo le son aplicables los requisitos del DS N°49. Estas condiciones más lesivas constituyen una discriminación arbitraria en contra de los habitantes de Magallanes”

Entre los mayores requisitos que serán exigidos solo a los habitantes de Magallanes y que el recurso de protección persigue revertir, estarían principalmente 4; 1) el reglamento fija una mayor cuota de vulnerabilidad según Registro Social de Hogares a las agrupaciones, 2)no permite la postulación de núcleos familiares menores a dos personas, 3) aumenta el plazo de 3 a 5 años de prohibición de postulación a los individuos que componen el grupo familiar, impone una antigüedad de 1 mes a 3 años de la libreta de ahorro a la vivienda y finalmente: aumenta de 5 a 10 años la prohibición de venta o enajenación de las viviendas.

A juicio de las Agrupaciones estas mayores exigencias, no son una facultad del Gobernador y los COREs, ya que no pueden modificar a través de un Reglamento, el actual D.S 49 vigente, por lo cual no solo tildan de ilegal el actuar del Gobernador y los consejeros en el Recurso, sino que además plantean que no existe justificación alguna para imponer mayores exigencias solo los habitantes de Magallanes y lo catalogan de arbitrario: “este acto ilegal en virtud de la potestad reglamentaria del gobernador regional resulta significativamente perjudicial para las familias magallánicas, quienes se ven arbitrariamente discriminados en relación con el resto de los habitantes del país.”