Hemos visto, posterior a la peor parte de la pandemia, que las familias chilenas se
han visto tremendamente afectadas económicamente, considerando algunos de los
factores a la inflación, consecuencialmente por el índice de precios al consumidor y como
corolario de todo lo señalado, la constante alza de la unidad de fomento. Junto con todos
estos factores, se suman el acceso al crédito durante la alerta sanitaria, los retiros de los
fondos previsionales que dieron como resultado el incremento de dinero circulante. Ahora
bien, los bancos e instituciones financieras, otorgaron prórrogas a los correspondientes
pagos de los distintos productos financieros que los chilenos poseían al momento del
decretarse el estado de excepción constitucional de catástrofe, produciéndose una falsa
sensación de alivio, toda vez que, una vez retornado a la “vida normal” los bancos e
instituciones financieras comenzaron con el cobro de estas prórrogas, lo que hizo que las
familias chilenas se vieran obligadas a vender sus pertenencias, vehículos, casas,
parcelas entre otros, para efectos de poder lograr el pago de las cuotas adeudadas a
estas casas comerciales. Está demostrado que el endeudamiento en una familia afecta
cada uno de los ámbitos en que se desenvuelven, hay que pagar colegiaturas,
alimentación, locomoción, combustible, acceso a internet, telefonía, en tanto los bancos
no paran de llamar para cobrar y afectar emocionalmente al deudor.
He sido testigo de cómo las personas, afligidas por el endeudamiento creciente y
sin contar con los medios para pagar cada una de sus deudas, han buscado una solución.
La respuesta a ello se encuentra en la ley 20.720, conocida como Ley de Quiebras, o más
técnicamente Ley de Insolvencia y Reemprendimiento. ¿En qué se traduce la utilización
de esta ley? Ella permite entregar ciertos bienes a los acreedores a fin de que se hagan
pago con su realización (remate) y se pague lo que alcance con el saldo restante, de ello
deriva que el deudor, se le extingan todas y cada una de sus deudas del sistema
financiero, por el solo ministerio de la ley, lo que quiere decir, que esta norma les da una
nueva oportunidad a los mal llamados deudores, para poder reemprender, de hecho, de
allí el nombre de la ley.
¿Consecuencias? Efectivamente existen consecuencias derivadas de acogerse a
la ley de quiebras, como, por ejemplo, durante un lapso de dos años no podrá tener
acceso a ningún producto de naturaleza bancaria, líneas de crédito, tarjetas, cuentas
corrientes etc. Y esto conlleva a que el deudor deberá manejar el dinero con el que cuenta
en efectivo, lo que permite asimismo un orden financiero. Lo cierto es, que no se
vislumbra una Salida o solución a esta crisis económica de la que gran parte del globo es
víctima, por ello, es que en esta columna de opinión damos una perspectiva de cómo salir
adelante, reemprender y solventar una vida futura, posterior a la peor de las pandemias
vividas en el mundo, en donde murieron millones de personas.
Jorge Vidal – abogado