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IPS MAGALLANES INVITA A EMPLEADORES A INFORMARSE SOBRE NUEVA PLANILLA UNIVERSAL PARA PAGO DE COTIZACIONES

El Instituto de Previsión Social, IPS, ha implementado una nueva Planilla Universal para la declaración y pago de las cotizaciones previsionales en formato papel, la que reemplazará los actuales formularios como una forma de ofrecerle a los empleadores un documento más simple y fácil de completar.
La nueva Planilla Universal de declaración y pago de cotizaciones previsionales manuales, concentra en un solo documento los distintos formularios que actualmente existen para realizar las declaraciones y/o pago de los aportes de seguridad social que los empleadores y trabajadores independientes/voluntarios deben realizar mensualmente. Además, contiene nuevos campos de llenado para disponer de más información sobre las empresas y sus trabajadores, antecedentes importantes para la gestión administrativa del IPS y de las instituciones como Fonasa e ISL.
“Queremos hacer fuerza es en que el trámite, sobre todo, lo que pretende es facilitar el llenado de estos formularios mediante el acercarse a nuestras oficinas o mediante las plataformas por Internet. Y lo que pretende es condensar estas 9 planillas en un formulario único, para que los empleadores puedan acceder de forma más expedita y clara a este nuevo formulario de pago”, señaló el director regional del IPS, Eduardo Barahona Kompatzki.
Es preciso mencionar que IPS ha dado a conocer esta información desde el mes de julio de este año, para que los empleadores que pagan en forma manual se informen y alcancen a retirar con tiempo estas nuevas planillas.
Cabe señalar que el IPS es el organismo encargado de recaudar las cotizaciones previsionales que los empleadores pagan en formulario papel por sus trabajadores y trabajadoras. Se trata de los aportes destinados al Fondo Nacional de Salud (Fonasa), ex Cajas de Previsión (IPS) e Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

¿Cuándo entra en vigencia la nueva planilla?
La obligación del uso de la nueva planilla regirá a partir de las cotizaciones del mes de remuneración de diciembre de 2021, las que se declaran y pagan por ley hasta el día 10 o día hábil siguiente que corresponda -si el 10 fuese feriado, sábado o domingo- del mes siguiente al que se devengaron las remuneraciones. En este caso, hasta el lunes 10 de enero de 2022 para empresas; y para empleadores de trabajadoras de casa particular e independientes, hasta el último día hábil del mes en que se declararon.