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DIRECCION DE TRABAJO INFORMA SOBRE FUNCIONAMIENTO DEL COMERCIO DURANTE FERIADOS IRRENUNCIABLES PARA ESTAS FIESTAS

La Dirección del Trabajo informó sobre el funcionamiento del comercio durante los feriados obligatorios e irrenunciables de Navidad y Año Nuevo, 25 de diciembre y 1 de enero, respectivamente.

Los trabajadores del comercio tendrán que estar fuera de su lugar de trabajo a las 20:00 horas del viernes 24 de diciembre y hasta las 06:00 horas del domingo 26 de diciembre, y a las 20:00 horas del viernes 31 de diciembre y hasta las 06:00 horas del domingo 2 de enero de 2022, de acuerdo a la normativa vigente.

Las denuncias se podrán realizar en el sitio web www.direcciondeltrabajo.cl

Infracciones

En caso de no cumplir con estos feriados obligatorios e irrenunciables, las infracciones serán sancionadas con multas que van desde las 5 UTM ($270.855 al mes de diciembre de 2021) hasta las 60 UTM ($3.250.260 al mes de diciembre de 2021) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores total de la empresa.

Los empleadores sorprendidos en infracción deberán cesar las labores de los trabajadores de inmediato, y abandonar su lugar de trabajo, sin perjuicio de cursárseles la multa respectiva.

Cabe señalar que los establecimientos comerciales atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos pueden abrir, debido a que no existe relación laboral en este caso.

En caso de no cumplir con otorgar el descanso alternado cada dos años a los trabajadores que laboraron en el mismo feriado del año anterior, las multas van desde las 5 UTM ($270.145 al mes de diciembre de 2021) hasta 60 UTM ($3.250.260 al mes de diciembre de 2021) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores total de la empresa.