Con el apoyo transversal de Movimientos Sociales Constituyentes, Pueblo Constituyente, Frente Amplio y Chile Digno, las y los convencionales de Modatima y el Movimiento por el Agua y Los Territorios, se ingresó este jueves la iniciativa de norma que establece los derechos humanos al agua y al saneamiento como garantías “indispensables para una vida digna”. La normativa ingresada recoge los estándares internacionales que abordan la materia y especifica que “toda persona, sin discriminación, tiene derecho al agua suficiente, segura, aceptable, potable, libre de contaminación, físicamente accesible y asequible económicamente para uso personal y doméstico”.
La convencional por Magallanes Elisa Giustinianovich explicó su adhesión a esta iniciativa: “Buscamos que la norma de aguas sea una de las prioritarias en la Nueva Constitución pues permitirá asegurar un derecho esencial para la vida, que en Chile actualmente no se garantiza. Y es una de las demandas más sentidas por las comunidades, por las regiones, las mujeres, las niñeces, que saben de su importancia trascendental para la vida, la soberanía alimentaria, y para la biodiversidad”.
La norma establece en su detalle que “el Estado deberá velar por la satisfacción de este derecho atendiendo las necesidades de las personas en sus distintos contextos, teniendo especial consideración por quienes habitan en territorios rurales, periurbanos e indígenas. Este derecho deberá satisfacerse preferentemente a partir de fuentes de aguas continentales”.
“Toda persona y comunidad tiene derecho al acceso, desde el punto de vista físico, ecológico, cultural y económico, en todos los ámbitos de la vida, a un saneamiento que sea salubre, higiénico, seguro, social y culturalmente aceptable, que proporcione intimidad y garantice la dignidad, teniendo en consideración la protección de las labores de cuidado, y de las necesidades especiales de mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas mayores y en situación de discapacidad”, agrega.
La normativa internacional sobre esta materia ha sido clara: el 28 de julio del 2010, la Asamblea General de Naciones Unidas declaró en su Resolución A/RES/64/292 el Derecho Humano al Agua y Saneamiento, que reconoce la responsabilidad de los Estados de disponer de agua en condiciones adecuadas y sanitarias en condiciones equitativas, como un componente esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos. Consagrando así el derecho de disponer de agua potable en cantidad y calidad para necesidades básicas, como condición inherente de toda persona, como componente básico para la dignidad.
En esa misma línea, el 20 de agosto de 2020, Leo Heller, Relator Especial de la ONU, cuestionó la privatización de las aguas en Chile y señaló que “el gobierno chileno no cumple sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos si da prioridad a proyectos de desarrollo económico sobre los derechos humanos al agua y a la salud”.