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AUTORIDAD LABORAL LLAMA A EMPLEADORES A RESPETAR PERMISO DE DOS HORAS PARA QUE TRABAJADORES PUEDAN VOTAR

La Seremi del Trabajo, Victoria Cortés Schiattino, hizo un importante llamado a los empleadores de la región a respetar el permiso de dos horas para votar que establece la ley para todos aquellos que deban trabajar este domingo 21 de noviembre, día de elecciones presidenciales y parlamentarias.

La autoridad advirtió que la Dirección del Trabajo (DT) se encontrará fiscalizando ese día el cumplimiento de este mandato legal para lo cual, además, se ha establecido un canal de atención telefónica para recibir las denuncias por eventuales incumplimientos a esta norma.

“Este domingo 21 de noviembre, la Dirección del Trabajo se encontrará fiscalizando en terreno el cumplimiento de la normativa laboral que asegura a los trabajadores que les corresponda laborar ese día, el derecho a ejercer su sufragio a través del permiso de dos horas que debe entregar el empleador. En ese sentido hemos habilitado un call center para recibir las denuncias de aquellos trabajadores que sientan vulnerado su derecho a ejercer este deber cívico. El número es el 600 450 4000 y estará habilitado desde las 9 a las 14 horas”, informó la secretaria regional.

A su vez, la Seremi se refirió al feriado irrenunciable que se decreta para las elecciones presidenciales, el cual, según la normativa, deberá iniciar, a más tardar, a las 21 horas de este sábado 20 de noviembre y concluye a las 06 horas del lunes 22 del presente mes, según agregó Cortés.

“Es importante recordar que este feriado irrenunciable es para los trabajadores del sector comercio que laboren en los malls, centros comerciales o strip center que operen bajo una misma razón social o bajo una única administración, no así para aquellos pequeños almacenes o el comercio que se encuentre fuera de estos recintos”, señaló.

Asimismo, están exceptuados de esta norma, es decir, pueden operar los trabajadores dependientes de los servicentros, farmacias de urgencia o de aquellas con turnos fijados por la autoridad sanitaria.

Con respecto a las sanciones, en el caso del permiso de dos horas para sufragar y de infracciones al feriado obligatorio, las multas para aquellos empleadores que no lo respeten son de entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por infracción, dependiendo del tamaño de la empresa. Misma sanción para aquellos que nieguen el permiso laboral para aquellos trabajadores designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral.