Mónica Paillacar fue estrangulada. La novena víctima de femicidio en el país en lo que va del año murió, presuntamente, a manos de su excónyuge Juan Pérez Almonacid, quien, un día después de los hechos, procuró avisarle a su familia sobre el fallecimiento.
Los peritajes de la Policía de Investigaciones (PDI) determinaron que Mónica murió el martes 26 de febrero. Al mismo tiempo, las pesquisas dieron cuenta de que sobre Pérez Almonacid recaía una orden de alejamiento y otra de detención, ambas vigentes.
El imputado y la víctima se habrían separado luego de que el primero, aparentemente, decidiera iniciar una nueva relación. Previo a esto, Mónica ya había denunciado una supuesta agresión por parte de su pareja.
Actualmente, Pérez Almonacid se encuentra privado de libertad en la cárcel de Puerto Montt mientras duran las indagaciones.
Desde el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, su directora, Viviana Paredes, reconoce que el sistema falló por razones que deberán analizar. Sin embargo, este no ha sido el único fallo. Entre 2011 y 2017, al menos el 45 por ciento de las víctimas de femicidios frustrados, consumados y tentados había denunciado a su agresor.
Para Silvana Del Valle, abogada e integrante de la Red Chilena Contra la Violencia hacia las Mujeres, estas cifras responden a un fallo de carácter estructural, tanto a nivel de Estado como de sociedad.
“El problema es estructural porque el Estado no entiende la violencia a nivel macro en la sociedad, sino que la encapsula en la violencia intrafamiliar, como algo privado. Es por eso que no hay un entramado social que conciba la medida cautelar como algo que pueda quedar a cargo de varias organizaciones o personas particulares. Entonces, por ejemplo, no hay un involucramiento de las juntas vecinales, de los SAPU, de las escuelas”.
El rol de Carabineros
Actualmente en nuestro país las denuncias por casos de violencia intrafamiliar pueden llevarse a cabo en Juzgados de Familia, Carabineros, la PDI o el Ministerio Público, y basta solo con el testimonio de la afectada para que esta sea aceptada. Sin embargo, a pesar de estas facilidades, las cifras de mujeres que han sido violentadas -aún con denuncias de por medio- no son nada alentadoras.
La Ley de Violencia Intrafamiliar que rige en nuestro país desde el año 2005, pretendió abarcar toda violencia que se diera en contextos de parejas, ya sean casadas o convivientes. No obstante, para Silvana Del Valle, de la Red Chilena de Violencia en Contra de la Mujer, la promulgación de esta ley no se tradujo en una política estatal en defensa de las denunciantes.
“A partir de la entrada en vigencia de la Ley de Violencia Intrafamiliar, algunos esfuerzos se han hecho y algunos pequeños cambios se han visto, pero solo han sido esfuerzos individuales de personas que están interesadas en el tema desde distintas instituciones. No hay una política institucional a nivel estatal que incluya una capacitación profunda en todos los entes estatales, incluyendo Carabineros”.
Desde la Red plantean la importancia de que Carabineros, como principal ente fiscalizador de las medidas cautelares, reciba la especialización adecuada en materia de violencia de género, pero a la vez cuestionan la falta de interacción entre las distintas entidades acogidas al tema, ya que, a la luz de las estadísticas, los efectivos policiales no darían abasto para proteger a a cada una de las mujeres en peligro.
Esto es algo con lo que concuerda la directora del Sernameg, Viviana Paredes.
“Nosotros estamos trabajando con Carabineros para que ellos se capaciten permanentemente, pero finalmente hay una limitación humana. Es por eso que es muy importante que coordinemos con las distintas instituciones que trabajan en estas situaciones”.
Durante el año 2018, en la Región de Los Lagos, Carabineros recibió una capacitación consistente en una jornada de tres horas desarrollada por un abogado especializado en materias de genero, como parte del Plan Regional de Seguridad Pública.
El fallo de los instrumentos legales
Ahora bien, más allá de un perfeccionamiento a Carabineros como un ente fiscalizador, Silvana del Valle advirtió que los problemas de fondo se dirigen hacia la actual legislación del país.
La Ley de Violencia Intrafamiliar, como ya fue consignado en este artículo, solo se atiene a caso ocurridos en el ámbito del hogar. Es decir, quedan fuera muchas otras formas de violencia de las que actualmente son víctimas las mujeres.
Para hacer frente a los vacíos legales y punibles que representa esta ley, es que en nuestro país comenzó a regir la figura del maltrato habitual.
Durante enero del 2018, Rosa Martínez (58) denunció a su pareja, Álex Dejaiffe Yáñez (59) por presunta violencia psicológica reiterada. No obstante, para la fiscal del caso, el testimonio presentado por la victima no fue suficiente para invocar la figura de maltrato habitual.
“Cuando se instala el delito de maltrato habitual, lo que se pretendía era subirle la punibilidad a hechos aislados cuando se trataban de lesiones que se consideraban como faltas. Entonces, se pretendió que al sumar una cantidad de lesiones la persona culpable sea considerada, en vez de autor de faltas, como autor de maltrato habitual. Pero el derecho penal siempre se ha resistido a esta sumatoria para castigar a una persona. El derecho penal es de actos y no de autor, dicen. Entonces, los actos así no deberían sumarse”, señala Del Valle, quien también es abogada.
El testimonio de Rosa Martínez finalmente solo quedó en el intento, ya que, nueve meses después de ser desestimado, ella fue asesinada por quien había denunciado.
Al igual que en el caso de Mónica Paillacar, el femicidio de Rosa se dio mediante la estrangulación. Pero como ingrediente extra, la denuncia de esta última fue sometida a la pauta de riesgo de violencia intrafamiliar, el cual se utiliza para medir el riesgo de cada situación a examinar.
En el caso de Rosa, este arrojó un bajo riesgo.
La directora del Sernameg, Viviana Paredes, afirmó que, siendo bien aplicada, la pauta “no debería fallar” y que al día de hoy continúan “capacitando permanentemente a las personas que las aplican”.
Pero desde la Red Chilena Contra la Violencia hacia la Mujer, Del Valle señaló que esto va más allá, ya que es una pauta “tecnócrata” y “limitada”.
“La pauta puede tener errores, porque como cualquier mecanismo tecnócrata, no contempla una relación más subjetiva de la relación. Se piensa que este es un asunto de conocimiento técnico-científico, no se comprende que es a nivel humano y que deberían incorporarse factores que no solo se atengan a lo cuantitativo. Por otro lado, como los problemas solo se tratan desde el ámbito intrafamiliar, son vistos como problemas menores y sus delitos asociados, por ende, tienen baja punibilidad y son muy acotados”.
En Chile, la violencia sistemática de las que son víctimas las mujeres solo se encuentra circunscrita a leyes en específico que cubren ámbitos y espacios específicos. Así es como se da en el acoso laboral o las vejaciones que escapan del ámbito de la pareja o la familia.
Viviana Paredes, del Sernameg, comentó a Radio y Diario Universidad de Chile que el Ministerio de la Mujer sigue trabajando en modificaciones a la Ley de Violencia Integral, que pretende hacerse cargo de los actos que atentan contra las mujeres en ámbitos y espacios sociales generales.
Silvana Del Valle concordó que este es el siguiente paso, ya que, bajo el marco legal vigente, incurrimos en una falla de carácter sistémico.
Hay mucho que debe ser perfeccionado.