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LEY DE PROTECCIÓN AL EMPLEO PODRÍA BENEFICIAR A 36 MIL MAGALLÁNICOS

El Presidente Sebastián Piñera promulgó esta semana la Ley de Protección al Empleo, que busca proteger los ingresos y fuentes de empleo de aquellos trabajadores afectados por la emergencia sanitaria provocada por el Covid-19 y que, aquí en Magallanes, podría beneficiar a cerca de 36 mil personas, cotizantes del Seguro de Cesantía en la región.

Para comprender esta nueva normativa, la Seremi del Trabajo, Victoria Cortés Schiattino, explicó los puntos más importantes de la iniciativa que permitirá que los trabajadores afiliados al seguro de cesantía puedan acceder a sus beneficios cuando vean afectadas sus remuneraciones o dejen de percibirlas por suspensión de sus contratos como efecto de la actual crisis.

Al respecto, la secretaria regional informó que la región de Magallanes 36 mil cotizantes vigentes del Seguro y que se convierten en potenciales beneficiarios de esta nueva ley, en caso de necesitarla.

En palabras de Cortés, “en un esfuerzo importante del Presidente Sebastián Piñera, lo que hace esta iniciativa es contemplar la suspensión de la relación laboral cuando exista una declaración de la autoridad que implique la paralización de actividades, o cuando el empleador y trabajador lo acuerden. Asimismo, la norma establece la opción de pactar una reducción de jornada entre empleador y trabajador, para que este último pueda acceder a una suma que complemente su remuneración con cargo al Seguro de Cesantía”.

En el caso de una suspensión de la relación laboral, los trabajadores podrán acceder al seguro en la forma que se paga actualmente, permitiendo cubrir sus remuneraciones en un 70% durante el primer mes, en un 55% el segundo y en un 45% para los meses siguientes, siempre que la autoridad extienda la declaración de emergencia.

“Algo muy importante es que esta ley eleva los pisos de ingresos para los trabajadores de menores ingresos, estableciendo una tasa de reemplazo especial, quienes van a poder recibir el 70% de sus remuneraciones durante los primeros tres meses, protegiendo de esta forma a quienes tengan estos ingresos más bajos. En tanto, el empleador deberá continuar pagando las cotizaciones de salud y previsionales para evitar que los trabajadores queden desprotegidos en estos ámbitos”, explicitó la autoridad.

Para acceder a este beneficio, los trabajadores deberán contar con tres cotizaciones continuas en los últimos tres meses, o bien, un mínimo de seis cotizaciones mensuales continuas o discontinuas durante los últimos doce meses, siempre que registren las últimas dos cotizaciones con el mismo empleador en los dos meses anteriores.

Por otro lado, está la opción de pacto de reducción de jornada, donde el empleador podrá acordar con sus trabajadores una jornada reducida y el pago de remuneraciones proporcionales a esas horas. “En este caso, esos trabajadores podrán acceder a un complemento de hasta el 25% de su remuneración, con cargo al seguro de Cesantía de un 50%, lo que podría asegurar un 75% de su ingreso origunal bajo esta alternativa. Este complemento, eso sí, tendrá un tope mensual de 225 mil pesos por cada trabajador y se financiará con cargo a la cuenta individual y, agotada esta, con cargo al Fondo de Cesantía Solidario”.

“Como ya lo hemos dicho y lo ha expresado nuestra propia ministra del Trabajo, se pueden acoger a esta ley todas aquellas empresas que se vean impedidas de funcionar, pero una empresa grande, que tenga la posibilidad de mantener las remuneraciones, el llamado especial que hacemos es a que lo haga, que las mantenga en la medida de sus posibilidades y con la mano en el corazón, pues depende de todos el granito de arena que podamos colocar para salir de esta situación lo mejor posible como sociedad”, reflexionó la Seremi.

Otros dos aspectos importantes que contempla esta ley y es importante no dejar fuera dice, en primer lugar, que sus beneficios se podrán aplicar de manera retroactiva para aquellos trabajadores que se hayan visto perjudicados a raíz de la crisis previo a la salida de la normativa y, en segundo término, la normativa contempla que durante seis meses o existiendo el estado de emergencia, no podrá despedirse a los trabajadores por la causal de fuerza mayor o caso fortuito a consecuencia del Covid-19.